Pasaporte comunitario para animales de compañía

Los perros y gatos que viajan al extranjero dentro de la Unión Europea necesitan un pasaporte comunitario expedido por el veterinario donde figuran los tratamientos practicados en la mascota.

El animal debe identificarse con un microchip ISO.

También se permiten los tatuajes legibles realizados antes del 3 de julio de 2011. El perro o el gato debe contar asimismo con una vacunación en vigor contra la rabia. De hecho, este pasaporte suele emitirse al administrar al animal su primera vacuna contra la rabia.

Para entrar en determinados países se exige también que el perro o gato haya sido desparasitado.

La legislación comunitaria estipula que la vacuna contra la rabia no adquiere validez hasta que no han pasado 21 días tras su aplicación. Por tanto, el pasaporte europeo debe expedirse con una antelación mínima de tres semanas respecto a la salida al extranjero.

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